SAAD: ¿Qué es y qué dice la ley sobre él?

SAAD: ¿Qué es y qué dice la ley sobre él?

El SAAD (Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia) es el conjunto de servicios y ayudas económicas destinadas a la promoción de la autonomía personal de las personas en situación de dependenciaLey 39/2006 de 14 de diciembre

SAAD: ¿Qué es y qué dice la ley sobre él?

Para entender correctamente lo que es el Sistema para la Ayuda y Atención a la Dependencia es necesario definir dos conceptos básicos: autonomía personal y dependencia.

Definición de Autonomía Personal

Se podría definir como la capacidad de tomar decisiones de manera autónoma. Es decir, es la capacidad de las personas dependientes para, por propia iniciativa, decidir cómo vivir. Dentro de ello, está la capacidad de desarrollar sus actividades básicas de la vida diaria.

Definición de Dependencia

La dependencia tiene carácter permanente. Es decir, que es irreversible.

Se define como: «falta de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, la cual es determinante en la necesidad de atención y ayudas para la realización de las actividades básicas de la vida diaria».

El SAAD en La Ley 39/2006 de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia

La ley es clara. Deja en manos de las autonomías la gestión de los fondos destinados al SAAD. Son éstas las encargadas, siempre bajo la supervisión del Estado, de la gestión. La toma de medidas en pos de la mejora de la vida independiente de las personas en situación de dependencia es cosa suya.

Las personas en situación de dependencia tienen que cumplir una serie de requisitos para poder acceder a las ayudas. Estas ayudas pueden ser de carácter económico o asistencial.

Si quieres más información, puedes enviarnos un email a info@traiectum.es o utilizar nuestro formulario de contacto. Estaremos encantados de ayudarte.

Vida independiente de las personas con discapacidad.

Vida independiente de las personas con discapacidad.

La promoción de la vida independiente de las personas con discapacidad es un derecho. Si eres una persona con discapacidad, ya sea física, intelectual o sensorial, debes saber que tienes derecho a la promoción de tu vida independiente.

¿Qué es la promoción de la vida independiente?

En primer lugar, tienes que saber qué es la vida independiente. Como persona con discapacidad tienes derecho a vivir tu vida como desees, sin limitaciones impuestas más allá de las determinadas por tu discapacidad.

Ya que es tu derecho, vivir de forma independiente, en tu vivienda o allá donde desees vivir, es únicamente tu decisión. Nadie puede imponerte nada al respecto.

A partir de ahí, tienes derecho a acceder a todas aquellas medidas, ayudas económicas u otro tipo de ayudas encaminadas a que consigas tu objetivo de independencia total. Estas ayudas, ya sean económicas o de otro tipo, van orientadas a la asistencia personal que necesites para las actividades de la vida diaria básicas.

Tus derechos como persona con discapacidad en la carta de Naciones Unidas

La Carta de Derechos Humanos de Naciones Unidas considera que la promoción de la autonomía personal y de la vida independiente de las personas con discapacidad tiene carácter de derecho humano fundamental. Es decir, que considera que es un derecho inalienable.

Como tal, ningún organismo puede negar las medidas necesarias para la consecución total de tus derechos.

Este organismo es el fundamental para la promoción de tu autonomía. Disponen de recursos realmente interesantes que deberías conocer:

Oficina de Vida Independiente

    • Información sobre tus derechos accesible.
    • Promoción de pisos tutelados para personas con discapacidad de todo tipo.
    • Información sobre todo tipo de ayudas, ya sean técnicas, económicas o de cualquier otro tipo para la promoción de tu vida en independencia.
    • Promoción de todos los derechos inherentes a tu condición de discapacitado.

¿Qué es un piso tutelado para personas con discapacidad?

Un piso tutelado es aquel que permite la vida de forma independiente de las personas con discapacidad. También los hay para personas mayores, pero para el caso que nos ocupa, nos centraremos en los discapacitados.

Para tu caso particular debes saber que proporcionan una serie de servicios, a parte del propio alojamiento, como son:

    • Asistentes personales para la ayuda en las necesidades básicas de la vida diaria.
    • Servicio de limpieza y cocina en caso necesario para los convivientes.
    • En algunos casos, servicios médicos y de atención sanitaria especializada.

    ¿Quién puede acceder a un piso tutelado dentro de la promoción de la vida independiente?

    El acceso a un piso tutelado tiene una serie de condicionantes, ya que va orientado principalmente a personas con discapacidad que tengan un mínimo de independencia para el desarrollo de sus actividades básicas. Es decir, no pueden acceder al recurso personas con un grado de discapacidad elevado que no sean capaces de valerse por sí mismos para por ejemplo:

      • Movilidad independiente
      • Toma de decisiones de manera autónoma.

    Vehículo adaptado para personas con discapacidad física

    Vehículo adaptado para personas con discapacidad física

    Vehículo adaptado para personas con discapacidad física

    ¿Tienes pensado comprarte un vehículo adaptado?

    Comprar un vehículo ya es difícil de por sí. Pero si además es un vehículo adaptado para personas con discapacidad física, la cosa se complica mucho.

    En este artículo, queremos aclararte las dudas que puedan surgirte a la hora de tomar la decisión de comprar. ¿Cuál es el mejor para tu caso particular? ¿Qué tienes que tener en cuenta a la hora de tomar la decisión? ¿Qué precios tienen los vehículos y qué costes añadidos hay que tener en cuenta?

    Todo esto, y mucho más, lo podrás encontrar aquí.

    Tipos de vehículo adaptado para personas con discapacidad

    Si estás buscando tipos de vehículos adaptados para discapacitados físicos, ya te habrás dado cuenta de que la decisión no es fácil. Hay cientos de vehículos en el mercado, pero no todos pueden adaptarse para su uso por personas con discapacidad.

    Dependiendo de tu caso particular deberías hacerte las siguientes preguntas:

    ¿Quién va a conducir el vehículo, tú u otra persona?

    Si lo vas a conducir tú, tendrás que tener en cuenta los siguientes aspectos:

     

      • ¿Qué tipo de adaptación a la conducción necesitas?
      • ¿Puedes manejar algunos controles del vehículo adaptado sin necesidad de adaptaciones? ¿No puedes manejar ningún control sin modificaciones?
      • ¿Necesitarás entrar por el lateral o por la parte trasera del vehículo?

        Si lo va a conducir otra persona, lo que tienes que tener en cuenta es lo siguiente:

         

          • Tu altura. Sin duda alguna este factor, que es el que no se suele tomar en cuenta de principio, determina el tipo de vehículo adaptado que podrás utilizar o no. La normativa marca que el vehículo debe tener de espacio libre desde el suelo al techo 1,43m.
          • Tu altura sentado en la silla en la que viajarás. Puede ser que no midas, sentado, 1,43m, pero si al sentarte en tu silla eléctrica mides más que eso, deberás buscar un vehículo con espacio libre superior. Por lo tanto, no todos los vehículos disponibles para adaptarse te serán válidos.

          ¿Por dónde accederás al vehículo adaptado, por una puerta lateral o por el portón trasero?

          Aunque no conduzcas tú el vehículo, puede ser que desees acceder a él por la puerta lateral. Esta opción está presente en muchos vehículos adaptados en el mercado. Ya sea para ir sentado en un asiento del propio vehículo, como para ir en tu propia silla.

          Si deseas acceder por una puerta lateral, deberás tener en cuenta lo siguiente:

           

            • De nuevo tu altura. Esta vez da igual que quieras ir sentado en tu silla eléctrica o manual, o en un asiento del vehículo. Tu altura marcará el tipo de vehículo al que puedes acceder con solvencia, ya que la puerta de acceso al vehículo tiene una altura fija.
            • La altura del vehículo. Irremediablemente, esto va unido a tu altura y, por tanto, deberás valorar ambas cosas en conjunto.

            Si deseas acceder por el portón trasero, esto es lo que tienes que tener en cuenta:

             

              • Tipo de rampa de acceso al vehículo. Será imprescindible que utilices una rampa de acceso al vehículo. Puede ser una rampa portátil, una rampa fija manual o una rampa fija eléctrica. Eso dependerá de tus preferencias. En este otro artículo puedes encontrar información al respecto.
              • Tu altura y la del vehículo. Antes de llegar a este punto, deberías haber valorado el aspecto más importante en la toma de decisión: la altura, tanto tuya como del vehículo.

              Tamaños de vehículos adaptados para personas con discapacidad física

              Vehículo adaptado pequeño para personas con discapacidad

              Vaya por delante que todos los vehículos, de todos lo tamaños, se pueden modificar y adaptar para ser conducidos por personas con discapacidad. Esto no lo define el vehículo, sino el grado de discapacidad y movilidad del discapacitado.

              Son vehículos de baja capacidad, que una vez modificados, pueden viajar en ellos desde 3 personas sentadas en los asientos + 1 persona en su silla de ruedas. Como máximo, la ley permite viajar 5 personas + silla de ruedas.

              Hay muchos modelos disponibles, pero desde mi experiencia, siempre teniendo en cuenta que quien no vaya a conducir sea la persona con discapacidad, o en el caso de que lo haga, no se transfiera al asiento de conductor desde su propia silla de ruedas, para este caso, cualquier vehículo puede ser adaptado, recomiendo los siguientes:

               

              He elegido uno de cada categoría de precios. Por supuesto, hay muchas otras marcas y modelos, pero desde mi opinión, estos son los más versátiles y los que mejor calidad ofrecen.

              Vehículo adaptado de tamaño medio

              Este tipo de vehículos son considerados de gran capacidad, ya que permiten viajar a hasta 7 personas sentadas en los asientos del vehículo + 1 persona con discapacidad en silla de ruedas.

              Normalmente, en estos vehículos no suele haber problemas de altura, porque cumplen con la normativa, pero en algunos casos (esto es algo que me ha ocurrido a mí), una persona con movilidad reducida con altura puede verse limitado y viajar con dificultad. Recomiendo siempre, en el caso de que se elija este tipo de vehículo adaptado como opción, buscar versiones elevadas del mismo. Todos los fabricantes de este tipo de vehículos tienen versiones elevadas de los mismos.

              Dentro de esta gama de vehículo adaptado hay muchas variantes y marcas. He elegido tres, de diferentes rangos de precio, para que te hagas una idea del tipo de vehículo, que son:

               

              Vehículo de gran tamaño adaptado para personas con movilidad reducida

              Este tipo de vehículos adaptados están destinados normalmente al ámbito comercial. Son las empresas dedicadas a la discapacidad, empresas de alquiler de vehículos adaptados para personas con discapacidad y las asociaciones y ONG del ámbito de la discapacidad quienes suelen utilizar este tipo de vehículos.

              Si estás valorando comprar un vehículo de este tipo, tienes que tener en cuenta que están diseñados para disponer de 8 plazas, 6 personas sentadas + dos personas en su silla de ruedas. Si en tu caso concreto necesitas dos plazas disponibles, porque en tu casa hay dos personas con discapacidad en silla de ruedas, esta es tu opción a elegir.

              En este caso hay un número menor de fabricantes de confianza que en los casos anteriores. Aunque casi todas las marcas disponen de vehículos de este tipo, los reyes indiscutibles en cuanto a calidad, seguridad y comodidad son dos: Mercedes y Volkswagen.

              En este caso las diferencias en cuanto al precio de los vehículos, a igualdad de motor, configuración y equipamiento, es amplia y ya depende más de la percepción del usuario que del vehículo en sí.

              Mi recomendación es la siguiente:

               

              Precios de vehículo para personas con movilidad reducida

              Este apartado es sólo para hacer una consideración al respecto del precio del vehículo que estés pensando comprar. Al precio de compra en el concesionario deberás incluirle el precio de la transformación. Estos precios varían dependiendo del tipo de la misma. Te oriento un poco para que te hagas una idea.

              Una transformación de una vehículo adaptado puede empezar por lo más básico, que sería una rampa de acceso al vehículo portátil y llegar a una transformación completa de un vehículo de dos plazas adaptadas (6+2). Con esto en mente, el precio puede estar en unos cientos de euros de una rampa portátil hasta más de 10000€ de una transformación del vehículo 6+2.

              ¿Qué es mejor comprar o alquilar un vehículo adaptado para personas con discapacidad?

              Esta es una pregunta de difícil respuesta. Cada caso es particular. Deberás valorar tu propio caso y tus propias necesidades. Aún así, intentaré darte unos datos para facilitarte la tarea:

              Ten en cuenta la regularidad con que tienes previsto utilizar el vehículo

              Esto que parece obvio no siempre se tiene en cuenta a la hora de comprar un vehículo, ya sea adaptado o no, pero en el caso de un vehículo para personas con movilidad reducida es indispensable valorarlo.

              Si vas a utilizar el coche adaptado dos veces al mes, quizás no te sea rentable comprarte uno, ya que alquilando uno te sería mucho más económico y estarías ahorrando dinero.

              Sin embargo, si tienes pensado utilizarlo a diario, tu opción más adecuada sería comprar uno.

              ¿Vas a conducir tú el vehículo o vas a tener que disponer de otra persona para poderte mover?

              En este caso la respuesta no es fácil y va unida a la pregunta anterior. Si tienes tu propio vehículo o coche adaptado y lo vas a conducir tú mismo, lógicamente siempre tendrás mayor libertad para desplazarte allá donde consideres y te apetezca.

              Si por el contrario, necesitas contar con alguien para desplazarte, ya sea en tu propio vehículo o en un coche adaptado de alquiler, tendrás que tener en cuenta la disponibilidad de la otra persona. También puedes contar con un servicio de chófer para personas con discapacidad.

              Asistente personal para personas dependientes

              Asistente personal para personas dependientes

              Todo lo que necesitas saber para elegir el mejor para ti

              ¿Qué es un asistente personal para personas dependientes? ¿Cuáles son sus funciones? ¿Cómo elijo el mejor para mi situación?

              Si eres una persona en situación de dependencia, ya sea porque eres una persona mayor, una persona con discapacidad o, simplemente, tienes a tu cargo una persona en tal situación, aquí encontrarás información valiosa para ti.

              ¿Qué es un asistente personal para personas dependientes?

              Antes de nada debes saber qué es un asistente personal. Ello te ayudará a saber si necesitas uno o no.

              Un asistente personal es un profesional con formación específica para ayudarte en las actividades básicas de la vida diaria. Sin más.

              Cuando decimos profesional con formación específica, nos referimos a una persona que haya basado su formación en el mundo de la dependencia. Preferiblemente una persona del ámbito de la sanidad. Si se ha especializado en personas dependientes, mejor.

              ¿Qué es una persona dependiente?

              Una persona en situación de dependencia es aquella que necesita ayuda para la realización de todas o algunas de sus actividades básicas de la vida diaria.

              ¿Quién puede ser asistente personal?

              Al hilo de lo anterior, cualquiera puede desempeñar la función de asistente personal para personas dependientes, ya que la legislación no contempla la figura del mismo. Otra cosa es lo que como usuarios de un servicio de este tipo debamos valorar.

              Nosotros somos partidarios de la profesionalización de la figura del asistente, pero, hoy en día, hay asociaciones que imparten cursos de asistencia personal a personas que no están relacionadas con el ámbito sanitario. Nosotros no estamos de acuerdo con este proceder, pero no es ilegal.

              ¿Cuál es el trabajo del asistente personal para personas dependientes?

              Asistirte en lo que necesites. Nada más. Si puedes hacer cosas por ti mismo, hazlas.

              La figura del asistente es no intrusiva. Es decir, no debe limitarte ni condicionarte en tus actividades sociales, personales o de ocio. Es importante remarcar esto, ya que desde el ámbito de la asistencia a domicilio esto no es así.

              No es lo mismo un servicio de asistencia a domicilio que uno de asistentes personales. El servicio de asistencia a domicilio va orientado a personas dependientes, principalmente mayores, que no pueden realizar funciones básicas de su vida diaria y que además necesitan una asistencia sanitaria especializada en cuidados.

              El servicio de asistencia personal se basa en el apoyo para la realización de tareas cotidianas. Ello no implica que no sean profesionales sanitarios, pero las funciones no tienen porqué ser del ámbito sanitario.

              ¿Por qué entonces recomendamos profesionales sanitarios para el servicio de asistentes personales?

              • Porque en algún momento puedes necesitar asistencia sanitaria urgente.
              • Quizás algunos de los cuidados que necesites requieran ser llevados a cabo por un profesional sanitario. Piénsalo.

              Convenio de asistentes personales

              Actualmente, no existe un convenio específico para la figura del asistente personal. Se rige por el convenio de empleadas/os del hogar.

              Así, si quieres contratar un asistente, tienes que tener claro que será un contrato con dicha figura laboral.

              La figura del asistente personal para personas dependientes en la Ley de Dependencia

              Las personas en situación de dependencia podrán recibir una ayuda económica en caso de necesitar un asistente personal.

              Según el artículo 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, con la finalidad de promover la vida independiente, se faculta al Consejo Territorial de Servicios Sociales y al Sistema para la Atención y Ayuda a la Dependencia a fijar las cuantías para el servicio de asistencia personal.

              Para poder optar a dicha ayuda, tendrás que presentar toda la documentación requerida.

              ¿Cuál es el mejor asistente personal?

              Sin duda alguna el mejor asistente personal es aquel que está pero parece que no. Es decir, aquel que sin dejar de cumplir con su labor asistencial es capaz de mantenerse al margen de las actividades sociales de la persona con discapacidad.

              Recomendaciones para encontrar al asistente personal ideal para ti

              • Si no te convence, solicita que te lo cambien. No tienes porqué tener como asistente a una profesional que no es de tu agrado.
              • Busca una persona lo más compatible con tu carácter. Es decir, busca un complemento no una persona que te genere conflictos en tu forma de ser, expresarte, etc.
              • Busca un profesional sanitario especializado en personas en situación de dependencia. Esta es nuestra recomendación. Nunca se sabe que necesidades sanitarias puedes llegar a tener. Si ya tienes al sanitario cerca y lo necesitas, el tiempo será oro.
              • Hazlo todo legal y aprovéchate de las ayudas que puedes recibir por ello. Tú estarás mucho más tranquilo y la persona que te asista estará más comprometida con su labor.

              Si necesitas más información o quieres que te busquemos el asistente más apropiado para tu caso, o si deseas recibir en tu correo nuestras novedades, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de este formulario.

              Pensión no Contributiva: Qué es y derecho a ella

              Pensión no Contributiva: Qué es y derecho a ella

              La Pensión no Contributiva de invalidez (PNC) es aquella que se da a personas con discapacidad o en situación de exclusión social que debido a su especial situación no han podido ejercer actividad laboral alguna o no han podido llegar al mínimo de cotización marcado por la ley para poder acceder a una pensión de otro tipo dependiente de la Seguridad Social.

              Este tipo de pensión sustituyó en el año 1991 al antiguo subsidio de garantía de ingresos mínimos.

              Quién tiene derecho a una Pensión no Contributiva

              Tiene derecho a una pensión de este tipo todas aquellas personas que por su especial situación de vulnerabilidad no hayan podido ejercer actividad laboral alguna. También todas aquellas que no hayan llegado al tiempo mínimo de cotización que marca la ley. Dentro de este grupo de personas se pueden encontrar los siguientes:

                • Personas con discapacidad que debido a su situación no hayan ejercido actividad laboral alguna.

                • Personas mayores de 65 años que por no haber cotizado a la Seguridad Social el mínimo de años requeridos para poder acceder a una pensión de jubilación estipulada por ley, se encuentren en una situación de especial vulnerabilidad.

              Cuál es la cuantía de la PNC

              Como se especifica en el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre y tras la revalorización del 3,1% del año 2019, la cuantía total de la misma quda en 5.488,00€ al año en 14 mensualidades. Aún con esto, si en la misma vivienda hay varias personas preceptoras de un PNC o en la misma hay ingresos por integrantes de la unidad familiar, la cuantía de la misma variará no pudiendo en ningún caso ser inferior al 25% de la misma. Así, quedaría la cuantía en la siguiente situación:

                • Pensión mínima del 25% –> 1.372,00€

                • Cuando en la misma unidad familiar sean dos los beneficiarios de la Pensión no Contributiva –> 4.664,80€ por persona preceptora de la misma.

                • Cuando sean tres los beneficiarios de la pensión dentro de la misma unidad familiar –> 4.390,40€ por persona preceptora de la misma.

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